Este tipo de seguros tratan sobre la modalidad en la que el tomador realiza una aportación en forma de prima única garantizándose una renta vitalicia hasta un fallecimiento, momento en el cuál podrá existir un heredero que sea beneficiario del principal.

La Dirección General de Seguros define a las rentas vitalicias como «seguros en los que se garantiza al asegurado el importe de una renta durante todos los años de su vida. La renta se puede adaptar a las características familiares del asegurado, pudiendo combinarse con prestaciones adicionales en caso de fallecimiento o devolución de aportaciones.»

Los expertos creen que los seguros de rentas vitalicias pueden convertirse en las nuevas preferentes

Para más información sobre el Confilegal click Aquí